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MEDIACIÓN FAMILIAR
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¿ EN QUÉ CONSISTE ?
Es un proceso que se sigue para solucionar conflictos familiares, debiendo tomar para ello las partes afectadas por el conflicto una actitud de responsabilidad y participativa para solucionarlo con la intervención de una tercera persona imparcial que es el mediador.
¿ QUÉ VENTAJAS TIENE ?
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La participación en un proceso de mediación siempre es voluntaria.
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Se evita la judicialización del conflicto.
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Interviene un mediador que es una persona totalmente neutral.
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Las personas se implican participando.
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Se evita la sensación de ganador / perdedor.
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Se asegura la confidencialidad durante el proceso.
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El acuerdo que se alcance se lleva al juzgado para aprobación.
SITUACIONES A APLICAR LA MEDIACIÓN
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Separaciones y divorcios.
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Crisis de parejas.
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Ejercicio de la patria potestad.
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Repartos hereditarios.
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Menores.
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Cuidado de personas ancianas o discapacitadas.
HONORARIOS
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Sesión informativa
gratuita
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Siguientes sesiones, precio hora:
60 euros
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Redacción de Acuerdo Final:
150 euros
LEGISLACIÓN
- A nivel estatal La ley del divorcio 2005 prevé la posibilidad de someter a mediación un proceso de separación o divorcio contencioso.
- A nivel autonómico estas son las leyes que hay hasta el momento:
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Ley 1/2001, de 15 de marzo, de Mediación Familiar de Cataluña.
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Ley 4/2001, de 31 de mayo, reguladora de la Mediación Familiar de la Comunidad Autónoma de Galicia.
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Ley 7/2001, de 26 de noviembre, de la Generalitat, Reguladora de la Mediación Familiar en el Ámbito de la Comunitat Valenciana.
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Ley 15/2003, de 8 de abril, de la Mediación Familiar de Canarias.
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Ley 1/2006, de 6 de abril, de mediación familiar de Castilla y León.
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Ley 18/2006, de 22 de noviembre, de Mediación Familiar de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
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Ley 1/2007, de 21 de febrero, de Mediación Familiar de la Comunidad de Madrid.
- A nivel europeo existe una propuesta de Directiva del Parlamento Europeo sobre la mediación. |
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